Ampliación de Plazo Concedida para Presentar el Trámite de Prórroga de Títulos de Concesión, Asignación y/o Permisos de Descarga.
Los poseedores de un título de concesión, asignación o permiso de descarga, que tengan intención de conservar los derechos de explotación, uso o aprovechamiento de aguas nacionales deberán gestionar ante la Comisión Nacional del Agua una prórroga de los títulos o permisos de descarga respectivos por lo menos con seis meses de anticipación al vencimiento de éstos, a través del trámite identificado como “CONAGUA-01-021”.
Ahora bien, tal y como es de conocimiento general, desde el mes de marzo del presente año, se declaró como emergencia sanitaria por causa de fuerza mayor a la pandemia originada por el virus SARS-CoV2 (COVID-19), por lo que, con el objetivo de evitar la propagación de dicho virus, así como evitar la aglomeración de personas en diversas Dependencias de la Administración Pública Federal entre las que se incluye la Comisión Nacional del Agua, desde el día 23 de marzo hasta el 24 de agosto del presente año suspendieron plazos y términos legales para realizar trámites que no se estimaron como esenciales por parte de dicha Comisión, es decir, se consideró como inhábil el periodo mencionado.
Derivado de lo anterior, durante este periodo, vencieron más de 3,000 títulos y permisos, por lo que con fecha 07 de septiembre de 2020, se publicó a través del Diario Oficial de la Federación el “Acuerdo mediante el cual se amplía el plazo para la presentación del trámite CONAGUA-01-021 Prórroga de títulos de concesión, asignación y/o permisos de descarga, que durante el periodo indicado culminó el plazo contenido en el artículo 24 de la Ley de Aguas Nacionales”.
En este sentido, a través del acuerdo en comento la Directora General de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales concede a los particulares afectados por la imposibilidad de presentar el trámite CONAGUA-01-021, una ampliación de plazo para presentar dicho trámite hasta el 30 de octubre del presente año para efecto de conservar los derechos que les hayan sido concedidos mediante títulos de concesión, asignación o permisos de descarga para explotar, usar o aprovechar aguas nacionales.
Por lo anterior, es dable considerar que, la Comisión Nacional del Agua deberá resolver en sentido favorable el trámite “CONAGUA-01-021”, que promuevan los particulares durante la ampliación de plazo concedida, sin realizar algún tipo de objeción por cuestiones de extemporaneidad de la presentación del trámite en cuestión, siendo que como ya se ha comentado, por la suspensión de labores de la Comisión, resultaba imposible llevar a cabo el trámite de solicitud de prórroga de títulos de concesión, asignación y permisos de descarga durante el periodo considerado como inhábil para tal efecto.
En virtud de lo anterior, el equipo de BRIFFAULT ABOGADOS, S.C. se pone a sus órdenes para proporcionar una asesoría apropiada y oportuna en relación con todos los trámites y los actos administrativos que lleve a cabo la Comisión Nacional del Agua respecto a dichos trámites, que se considere puedan llegar a causar perjuicio en la explotación uso y aprovechamiento de aguas nacionales, así como a la elaboración de medios de defensa en contra de cualquier acto de abuso por parte de dicha autoridad.