Declaración de Cumplimiento Ambiental para la Ciudad de México
La Declaración de Cumplimiento Ambiental (“Declaratoria”) la deberán presentar los interesados en realizar obras o actividades que por su ubicación, dimensiones, características o alcances produzcan impactos ambientales.
La Declaratoria es el documento firmado por el interesado bajo protesta de decir verdad, a través del cual se comunica a la Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México sobre la realización de las siguientes obras o actividades:
• Demolición;
• Rehabilitación;
• Emergencia;
• Modificación, ampliación, sustitución de infraestructura, conservación y mantenimiento;
• Desazolve;
• Conjuntos habitacionales, conjuntos habitacionales mixtos y oficinas de hasta diez mil metros;
• Cuadrados totales de construcción;
• Centros comerciales de hasta diez mil metros cuadrados totales de construcción; y
• Estacionamientos.
Una vez recibida la Declaratoria de cumplimiento ambiental el interesado podrá iniciar la obra o actividad, dando cumplimiento a las disposiciones ambientales que al efecto dicte la Autoridad competente a través de informes semestrales o al término del proyecto.
En caso de no cumplir con dicha obligación, el particular se podrá hacer acreedor a multas administrativas, clausura temporal o definitiva, parcial o total de las fuentes contaminantes, de las obras y actividades, así como de las instalaciones en que se desarrollen los hechos que den lugar a la imposición de la sanción, así como la demolición
de las obras e instalaciones relacionadas, reparación del daño ambiental y suspensión temporal, anulación o revocación de permisos, licencias, certificaciones, registros, concesiones y/o autorizaciones.
En virtud de lo anterior, se recomienda que, en caso de que se encuentre interesado en presentar una Declaración de Cumplimiento Ambiental, se atienda asesorándose legalmente, por lo cual el equipo de BRIFFAULT ABOGADOS, S.C. se pone a sus órdenes para proporcionar una asesoría apropiada y oportuna en relación con todos los actos referentes, así como el Área Contenciosa para elaborar medios de defensa en contra de cualquier acto de abuso por parte de las autoridades competentes en materia ambiental.