Planes de Manejo de Residuos Peligrosos y de Manejo Especial del Sector Hidrocarburos
Como parte del desarrollo de las actividades del Sector Hidrocarburos, se generan residuos peligrosos y de manejo especial, por lo que se debe priorizar la minimización de su generación y maximizar su aprovechamiento, así como dar un manejo integral de los mismos, para proteger a la población y garantizar el derecho a un medio ambiente sano.
Por lo anterior, con fecha 16 de abril de 2019, se expidió la Norma Oficial Mexicana NOM-001-ASEA-2019, con el objetivo de que el manejo de los residuos se realice con la responsabilidad compartida de todas las personas que se encuentren involucradas en el proceso para que el manejo integral de estos residuos resulte ambientalmente eficiente.
En este sentido, la NOM-001-ASEA-2019, misma que es de observancia obligatoria para los Grandes Generadores de Residuos Peligrosos y Residuos de Manejo Especial generados en la industria de hidrocarburos, establece los criterios para clasificar a los Residuos de Manejo Especial del Sector Hidrocarburos y determinar cuáles están sujetos a Plan de Manejo; el listado de los mismos, así como los elementos para la formulación y gestión de los Planes de Manejo de Residuos Peligrosos y de Manejo Especial del Sector Hidrocarburos.
Al respecto, la norma en comento define los conceptos mencionados de la siguiente forma:
1. Plan de Manejo de Residuos para actividades del Sector Hidrocarburos: Instrumento cuyo objetivo es minimizar la generación y maximizar la Valorización de Residuos Sólidos Urbanos, Residuos de Manejo Especial y Residuos Peligrosos generados en el Sector Hidrocarburos, bajo criterios de eficiencia ambiental, tecnológica, económica y social, diseñado bajo los principios de Responsabilidad Compartida y Manejo Integral, que considera el conjunto de acciones, procedimientos y medios viables.
2. Residuos de Manejo Especial del Sector Hidrocarburos: Son aquellos generados en los procesos, instalaciones y servicios derivados de la realización de las actividades del Sector Hidrocarburos que no reúnen las características para ser considerados como peligrosos.
3. Residuos Peligrosos del Sector Hidrocarburos: Son aquellos generados en los procesos, instalaciones y servicios derivados de la realización de las actividades del Sector Hidrocarburos, que posean alguna de las características de corrosividad, reactividad, explosividad, toxicidad, inflamabilidad, o que contengan agentes infecciosos que les confieran peligrosidad, así como envases, recipientes, embalajes y suelos que hayan sido contaminados cuando se transfieran a otro sitio, de conformidad con la legislación aplicable.
4. Criterios para clasificar a los Residuos de Manejo Especial del Sector Hidrocarburos: Para que un Residuo generado, sea clasificado como Residuo de Manejo Especial debe cumplir con los siguientes criterios:
• Que no esté contaminado, impregnado o mezclado con Materiales o Residuos Peligrosos.
• Tratándose de Residuos Sólidos Urbanos, que se generen en una cantidad igual o mayor a 10 (diez) toneladas al año o su equivalente en otra unidad de medida.
Dicho lo anterior, es importante considerar que, el manejo de los residuos generados en la Industria de Hidrocarburos constituye una actividad que pudiera llegar a ocasionar un daño al medio ambiente, lo cual podría derivar en la configuración de responsabilidad ambiental por parte de quien la lleve a cabo y, por ende, la obligación de restaurar el daño causado.
En virtud de lo anterior, el equipo de BRIFFAULT ABOGADOS, S.C. se pone a sus órdenes para proporcionar una asesoría apropiada y oportuna en relación con todos los actos derivados de la implementación de planes de manejo de residuos, así como como el Área Contenciosa para elaborar medios de defensa en contra de cualquier acto administrativo relacionado que lleve a cabo la autoridad ambiental competente.