DECRETO POR EL QUE SE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA COMISIÓN NACIONAL DE ENERGÍA.
ANTECEDENTES. –
- El 19 de marzo de 2025, entro en vigor la promulgación de la Ley del Sector Eléctrico y otras disposiciones complementarias. Esto ha transformado de forma estructural el funcionamiento del sector eléctrico en México. Los efectos legales se observan en múltiples frentes: desde la sustitución de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) por la Comisión Nacional de Energía (CNE).
- El 8 de mayo de 2025, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Reglamento Interior de la Comisión Nacional de Energía, que establece la organización y funcionamiento de la recién creada Comisión Nacional de Energía (CNE), como parte de las reformas estructurales al sector energético. Este nuevo marco legal redefine las funciones y estructura de los órganos reguladores, consolidando el control estatal en áreas estratégicas.
CONSIDERACIÓNES. –
La Comisión Nacional de Energía (CNE) se instituye como el nuevo órgano regulador del sector eléctrico, con carácter de organismo desconcentrado de la Secretaría de Energía (SENER). Aunque formalmente cuenta con autonomía técnica, operativa y de gestión, su diseño institucional presenta una alineación más estrecha con el Ejecutivo federal. Su Dirección General será designada por la Presidencia y ratificada por el Senado, mientras que su Comité Técnico estará presidido por la titular de SENER.
Entre sus principales atribuciones se encuentran:
- La emisión de regulación técnica vinculante aplicable al sector, incluyendo condiciones operativas y estándares de cumplimiento.
- La supervisión de la observancia normativa por parte de los participantes del mercado, con facultades de verificación y sanción.
- La definición de los términos bajo los cuales podrá participar el sector privado en las actividades reguladas, asegurando la prevalencia del Estado conforme al nuevo marco legal.
- La regulación y supervisión de las actividades relacionadas con la electricidad y los hidrocarburos, incluyendo la emisión y extinción de permisos; la supervisión de contratos y la implementación de políticas públicas en materia energética, autorizaciones para generación, comercialización, transporte, almacenamiento, distribución y expendio de energía eléctrica, gas natural; petrolíferos y petroquímicos, exceptuando ciertas actividades estratégicas reservadas a SENER.
- Imponer y ejecutar sanciones y medidas provisionales, incluyendo clausura o suspensión de instalaciones cuando sea necesario.
- La CNE será responsable de emitir metodologías para determinar tarifas y contraprestaciones en el sector eléctrico (incluyendo suministro básico, transmisión, distribución y servicios conexos); así como regular precios y tarifas aplicables en el sector hidrocarburos.
Toda vez que no será un organismo autónomo, la persona que esté a cargo tendrá el título de Director General, en vez de Comisionado Presidente.
La Comisión tendrá, además de la Dirección General, cinco Unidades:
- Unidad de Administración y Finanzas
- Unidad de Asuntos Jurídicos
- Unidad de Electricidad
- Unidad de Hidrocarburos
- Unidad de Verificación
Cada unidad cuenta con direcciones generales que atienden aspectos específicos como mercados eléctricos, análisis regulatorio, verificación sectorial, recursos humanos y tecnológicos, entre otros. Asimismo, la nueva Comisión podrá contar con Oficinas Estatales o regionales.
La creación de la CNE como nuevo regulador del sector eléctrico, implica un cambio profundo en la relación entre el Estado y los actores privados. Las empresas con proyectos activos o planeados deberán reevaluar sus estrategias legales y regulatorias, reforzar sus mecanismos de monitoreo normativo y anticipar escenarios de incertidumbre durante el periodo de transición. La adaptación proactiva será clave para garantizar la continuidad de proyectos y la viabilidad jurídica de las operaciones bajo el nuevo entorno institucional.
Enlace de la iniciativa: https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5756757&fecha=08/05/2025#gsc.tab=0