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DECRETO QUE EXPIDE EL REGLAMENTO INTERIOR DE LA SECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE Y RECURSOS NATURALES.

El 14 de marzo de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el nuevo Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) y a partir del 16 de marzo entro en vigor. Este nuevo Reglamento abrogará el actual Reglamento Interior y representa una actualización en la estructura y funcionamiento de la SEMARNAT, también otorga mayor relevancia a la restauración ambiental y fortaleciendo la aplicación de la normativa ambiental.

El nuevo Reglamento Interior de la SEMARNAT introduce una reestructuración en la Secretaría para optimizar la gestión ambiental. Se crean nuevas subsecretarías y direcciones generales, cuyas atribuciones están orientadas a fortalecer la regulación ambiental y fomentar modelos de desarrollo sustentable.

A continuación, se presenta una nota informativa que resume y explica los aspectos más destacados del nuevo reglamento:

I. Reestructura orgánica de la SEMARNAT

Se introduce una reestructuración en la Secretaría para optimizar la gestión ambiental. Se crean nuevas subsecretarías y direcciones generales, cuyas atribuciones están orientadas a fortalecer la regulación ambiental y fomentar modelos de desarrollo sustentable.

Tabla Comparativa SEMARNAT
Reglamento abrogado Nuevo reglamento vigente
Subsecretaría de Política Ambiental y Recursos Naturales Subsecretaría de Biodiversidad y Restauración Ambiental.
Subsecretaría de Regulación Ambiental Subsecretaría de Regulación Ambiental
Se crea la Subsecretaría de Desarrollo Sostenible y Economía Circular.
Dirección General de Planeación, Evaluación y Estadística Ambiental Dirección General de Restauración Ambiental
Dirección General de Agroecología y Patrimonio Biocultural
Dirección General de Conservación y Gestión de Mares y Costa
Dirección General de Políticas para la Acción Climática
Direccion General de Recursos Naturales y Bioseguridad
Dirección General de Vida Silvestre Dirección General de Vida Silvestre
Dirección General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento Ecológico Dirección General de Gestión Forestal, Suelos y Ordenamiento Ecológico
Dirección General de Industria, Energías Limpias y Gestión de Calidad del Aire Dirección General de Industria, Energías Limpias y Gestión de Calidad del Aire
Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros
Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental
Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas Dirección General de Gestión Integral de Materiales y Actividades Riesgosas
Dirección General de Fomento y Desempeño Urbano Ambiental




La creación de nuevas unidades administrativas están enfocadas en áreas prioritarias como el cambio climático, la gestión integral de residuos y la protección de la biodiversidad.

II. Facultades del titular de la SEMARNAT

Adiciona como facultades del titular de SEMARNAT, las siguientes:

  • Emitir criterios para la resolución de conflictos de competencia entre dos o mas unidades administrativas y los órganos administrativos desconcentrados.
  • Ejercer la facultad de atracción respecto de asuntos bajo la responsabilidad de las unidades administrativas, los órganos administrativos desconcentrados y las oficinas de representación. Estos asuntos podrán ser resueltos directamente o mediante su reasignación a otra unidad administrativa.
  • Implementar instrumentos financieros e incentivos en coordinación con la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para fomentar la inversión y el financiamiento en proyectos de gestión, restauración y conservación de zonas costeras y marinas.

III. Actualización de atribuciones a las Direcciones Generales

El reglamento redefine las atribuciones de las diferentes unidades administrativas, buscando mejorar la eficiencia y eficacia en el cumplimiento de los objetivos ambientales:

  • Coordinar con la Unidad Coordinadora de Asuntos Jurídicos, los elementos necesarios para la defensa legal que deba hacerse en los juicios o asuntos seguidos ante las autoridades administrativas o jurisdiccionales, así como el seguimiento a los procedimientos referidos.
  • Coordinar la entrega a las demás unidades administrativas y a los órganos administrativos desconcentrados de SEMARNAT, los elementos necesarios para la sustanciación de procedimientos de inspección e investigación, de análisis prospectivo, de acciones de vigilancia o sustanciación de recursos administrativos o para ejercicio legal.
  • En la Dirección General de Gestión Forestal y de Suelos se incluyen nuevas facultades para la promoción de prácticas sustentables y la restauración de zonas degradadas.
  • En la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental se actualizan los procedimientos para la evaluación de impacto ambiental, incorporando criterios más estrictos y transparentes.
  • En la Dirección General de Normatividad Ambiental se le asigna la responsabilidad de armonizar la normativa nacional con los compromisos internacionales asumidos por México en materia ambiental.

IV. Fortalecimiento de la PROFEPA

En materia de justicia ambiental, la nueva regulación otorga a la PROFEPA facultades ampliadas en la supervisión, investigación y sanción por infracciones ambientales. Se prioriza la defensa del derecho humano a un medio ambiente sano y la determinación de la responsabilidad ambiental ante conductas que atenten contra el equilibrio ecológico. Adicionalmente, la PROFEPA refuerza su capacidad para impulsar acciones judiciales en cumplimiento de la Normativa Ambiental y atender denuncias de manera más eficiente.

En el equipo de Medio Ambiente en Briffault Abogados quedamos a su disposición para brindarles el apoyo y la asesoría que requieran en este proceso de adaptación, ya que el nuevo Reglamento Interior de SEMARNAT redefine las funciones de la Secretaría con el fin de mejorar la protección de los recursos naturales y fortalecer el cumplimiento normativo. La inclusión de un enfoque integral que abarca prevención, regulación y litigio estratégico plantea una oportunidad para la participación activa del sector privado y la sociedad civil en la implementación de estas disposiciones.

Se puede consultar el Decreto del nuevo reglamento: https://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5751954&fecha=14/03/2025#gsc.tab=0.

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